Cámara de Comercio de Manizales
Nuevo Registro Único de Proponentes

Manizales, agosto de 2012





Amigo Proponente:

La Cámara de Comercio de Manizales informa sobre la expedición del Decreto 734 del 13 de abril de 2012, “por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, se dictan otras disposiciones y se incorpora la reglamentación del Registro Único de Proponentes (RUP)”, las modificaciones al Registro Único de Proponentes empiezan a regir a partir del 1º de septiembre de 2012.

Para el efecto, a partir de esta fecha, usted encontrará en la pagina web de la Cámara de Comercio de Manizales www.ccm.org.co, el aplicativo virtual actualizado para diligenciar los formularios nuevos de inscripción, renovación y actualización, diseñados de acuerdo con lo establecido en el Decreto 734 de 2012.

Para radicar su solicitud de registro, el proponente deberá presentar en la sede principal de la Cámara de Comercio de Manizales, o en cualquiera de sus Puntos de Atención al Comerciante - PACS ubicados en los municipios de Aguadas, Anserma, Riosucio y Salamina, el formulario impreso del Registro Único de Proponentes debidamente diligenciado, firmado por el proponente persona natural o el representante legal de la persona jurídica y con los documentos soporte que exige el Decreto 734 de 2012 para cada uno de los casos.

Recuerde además que deberá efectuar el pago de los derechos correspondientes de acuerdo con las tarifas vigentes para el año 2012 para cada uno de los trámites de registro.

REGIMEN DE TRANSICION

Se debe tener en cuenta el regimen de transicion establecido en el Decreto 734, según el cual durante el 2012 quienes aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales y que no se hayan inscrito en el Registro Único de Proponentes bajo el régimen del Decreto 1464 de 2010 o que habiéndose inscrito, hayan dejado cesar los efectos de la inscripción, deberán inscribirse cumpliendo los requisitos del Decreto 734 de 2012.

De igual forma todos aquellos proponentes inscritos bajo el Decreto 1464, que deban renovar o actualizar su Registro Único de Proponentes, a partir del próximo 1 de septiembre, deberán efectuar su trámite de acuerdo a lo establecido en el Decreto 734 de 2012.

Las solicitudes de inscripción, renovación y actualización de proponentes presentadas en los formularios diseñados de acuerdo con el Decreto 1464 de 2010 (actual procedimiento), se recibirán en la Cámara de Comercio Manizales únicamente hasta el día 31 de Agosto de 2012. A partir del 1º de Septiembre de 2012 todos los trámites del Registro Único de Proponentes deberán estar conforme al Decreto 734 de 2012.

PRINCIPALES CAMBIOS EN EL NUEVO RUP
  • Se elimina la calificación (Puntajes)
  • Se elimina la capacidad máxima de contratación (k)
  • Se incorpora la información del tamaño de la empresa (Gran Empresa, Mediana, Pequeña o Microempresa)
  • Las personas naturales profesionales pueden acreditar su experiencia probable a partir de la fecha de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, con excepción de los ingenieros, arquitectos o profesiones afines que se rigen en lo establecido en la Ley 842 de 2003.
  • Las clasificaciones deben ser las mismas reportadas por el proponente ante la DIAN para el RUT (Registro Único Tributario) y en el Registro Mercantil (para aquellos proponentes que también son comerciantes), aplicando el Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).
  • Las personas naturales profesionales y personas jurídicas, constructores y consultores podrán adicionar experiencia acreditada por libros especializados, investigaciones, premios, etc., de acuerdo con lo establecido en este Decreto.
  • Las personas naturales y personas jurídicas podrán acreditar hasta 10 de sus mejores contratos ejecutados, lo que se llamará experiencia acreditada.
  • Se adiciona información a la capacidad financiera incluyendo indicadores como capital de trabajo, indicador EBITDA, indicador de crecimiento, indicador de riesgo, entre otros.
  • Se unifica un nuevo ítem denominado Capacidad de Organización, para el caso de los proponentes constructores y proveedores, estará conformado por: organización técnica (Personal vinculado), y por organización operacional (Ingresos brutos operacionales).
Para los proponentes consultores, se conformará únicamente por la organización técnica.

Señor Proponente

LA CÁMARA DE COMERCIO DE MANIZALES

le informa:
Que el Departamento Administrativo de Estadística – DANE mediante Resolución 66 del 31 de enero de 2012 estableció la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia, la cual fue adoptada por la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN según Resolución 000139 del 21 de noviembre de 2012.

Que a partir del 1 de diciembre de 2012 las personas naturales y jurídica inscritas en el Registro Único de Proponentes bajo los parámetros del Decreto 734 de 2012, para actualizar sus clasificaciones a la nueva versión de la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU deben adelantar el siguiente procedimiento:
  1.  Actualizar los códigos CIIU en el RUT ante la DIAN.
  2. Mediante oficio, solicitar a la Cámara de Comercio la actualización en el registro único de proponentes, informando los nuevos códigos CIIU de las clasificaciones, para lo cual se debe adjuntar copia del RUT ya actualizado; dicho trámite no genera costo alguno.




Unidad de Registro - RUP
Teléfono(s):  8841840 ext. 110
E-mail:  pqr@ccm.org.co

Fecha de Actualización:  04/12/2012 6:10PM



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